La enfermería autónoma combina consulta, visitas a domicilio y material sanitario. Esta guía te ayuda a ordenar los gastos de tu actividad. Es orientativa; confirma tu caso con tu gestor.
El punto de partida: la actividad sanitaria y el IVA
La asistencia sanitaria a personas físicas suele estar exenta de IVA, de modo que normalmente no repercutes IVA en tus facturas ni deduces el IVA soportado. Si prestas además servicios no sanitarios, esa parte puede tributar de forma distinta: consúltalo.
Gastos habituales de enfermería autónoma
- Cuota de autónomos (RETA) y, en su caso, mutualidad alternativa con sus límites.
- Alquiler y suministros de la consulta si se dedica en exclusiva a la actividad.
- Material sanitario fungible: guantes, gasas, vendajes, antisépticos.
- Equipos: tensiómetro, pulsioxímetro, camilla. Por su valor suelen amortizarse.
- Residuos sanitarios: recogida y gestión por empresa autorizada.
- Desplazamientos a domicilio: el vehículo tiene reglas estrictas y limitadas; conviene llevar un registro de visitas y consultarlo con tu gestor.
- Cuota del colegio, seguro de responsabilidad civil y formación.
Qué conviene guardar
Factura completa a tu nombre y NIF, con fecha y concepto. Para equipos, la fecha de compra y el método de amortización. Para desplazamientos, un registro sencillo de visitas. Más detalle en nuestra guía sobre la cuota de autónomos como gasto.
Llévalo ordenado en un solo archivo
El Kit Fiscal para Enfermeros Autónomos recoge ingresos, 16 categorías de gasto propias de tu actividad y la estimación del modelo 130. También puedes probar la calculadora gratuita del modelo 130.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Confirma tu caso con tu gestor.