Si eres psicólogo o psicóloga autónomo en España, saber qué gastos puedes deducir marca la diferencia entre pagar de más o de menos en tu IRPF. Esta guía resume los casos más habituales. Es orientativa: confirma siempre los detalles con tu gestor.
¿Los psicólogos llevan IVA?
La Ley del IVA (art. 20.Uno.3.º) declara exenta la asistencia a personas físicas realizada por profesionales médicos o sanitarios, y menciona expresamente a los psicólogos diplomados en centros oficiales o reconocidos. Por eso, en la actividad sanitaria las facturas suelen ir sin IVA y no se presenta modelo 303 por ella. Si además ofreces servicios no exentos (formación o consultoría a empresas, por ejemplo), la situación cambia y conviene consultarlo.
Gastos que suelen deducirse
- Cuota de autónomos (RETA).
- Alquiler y suministros del consultorio, si el local está dedicado a la actividad.
- Seguro de responsabilidad civil profesional.
- Cuota del colegio profesional.
- Formación y supervisión relacionadas con tu actividad.
- Material, libros, tests y software de uso profesional.
- Publicidad y web, gestoría y asesoría.
Qué vigilar
- Guarda siempre factura completa a tu nombre y NIF.
- Los gastos mixtos (por ejemplo, en casa) solo se deducen en la parte afecta y con reglas específicas.
- Las comidas, el vehículo y otros gastos tienen límites estrictos.
- El IVA que pagas en tus compras no se recupera en actividad exenta: forma parte del gasto.
El modelo 130
En estimación directa simplificada, normalmente se paga cada trimestre un porcentaje del rendimiento neto acumulado, restando retenciones y pagos anteriores. Llevar ingresos y gastos al día te evita sorpresas.
Si quieres tenerlo todo ordenado, hemos preparado el Kit Fiscal para Psicólogos Autónomos, una plantilla de Excel con ingresos, gastos, estimación del modelo 130 y guía de gastos.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal.