Logopedas: facturar a colegios y centros, retenciones y organización

Muchos logopedas combinan pacientes particulares con convenios con colegios, centros o mutuas. Esta guía es orientativa: confirma con tu gestor el tratamiento de cada caso.

Pacientes particulares

La asistencia sanitaria a personas físicas por logopedas está mencionada de forma expresa en la exención de IVA de la Ley del IVA (art. 20.Uno.3.º). Normalmente no hay retención de IRPF en estas facturas.

Centros y empresas

Cuando facturas a centros o empresas, es habitual que apliquen retención de IRPF (15 % como regla general; 7 % en los primeros años de actividad si se cumplen los requisitos). El tratamiento del IVA depende del servicio y de a quién se presta: consulta a tu gestor.

Cómo ordenarlo

  • Anota en cada factura el tipo de cliente (particular o centro/empresa).
  • Calcula la retención cuando corresponda y reséñala en tu hoja.
  • Lleva un resumen de lo facturado por cada centro.

El kit para logopedas calcula la retención según el tipo de cliente.

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal.