¿Tengo que presentar el modelo 130? La regla del 70 %

El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral de IRPF que presentan muchos autónomos. Pero no siempre hay que presentarlo. Esta guía es orientativa: confirma tu caso con tu gestor o la Agencia Tributaria.

La regla general

Los profesionales en estimación directa suelen estar obligados a hacer pagos fraccionados trimestrales a cuenta del IRPF.

La excepción del 70 %

El Reglamento del IRPF (art. 109) establece que los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no están obligados a efectuar pago fraccionado si, en el año natural anterior, al menos el 70 % de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.

Qué significa en la práctica

  • Si casi todos tus clientes son empresas que te retienen en factura, es posible que no tengas que presentar el 130.
  • Si trabajas sobre todo con clientes particulares (sin retención), lo normal es que sí debas presentarlo.

Cómo comprobarlo

Compara, de tu año anterior, el total de ingresos con el total de ingresos que llevaban retención. Anota ambos en tu hoja de ingresos para tenerlo a mano en enero.

Nuestros kits incluyen un ajuste donde indicas el porcentaje de ingresos con retención del año anterior para orientarte.

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal.