Modelo 130 y modelo 303: diferencias y cuándo se presenta cada uno

Los autónomos suelen oír hablar de los modelos 130 y 303 como si fueran lo mismo. No lo son. Esta guía es orientativa; confirma tu caso con tu gestor.

Resumen en una tabla

Modelo 130 Modelo 303
Impuesto IRPF (pago a cuenta) IVA
Qué se calcula Un porcentaje del rendimiento neto acumulado del año IVA repercutido menos IVA soportado deducible
Quién lo presenta Autónomos en estimación directa, salvo exención Quien presta servicios sujetos a IVA
Periodicidad Trimestral Trimestral (en la mayoría de casos)

El modelo 130

Es un adelanto del IRPF. Se calcula sobre ingresos menos gastos deducibles acumulados del año, restando retenciones y pagos de trimestres anteriores. Si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevó retención, podrías no tener que presentarlo. Más detalle en la regla del 70 % y en nuestra calculadora del modelo 130.

El modelo 303

Es la liquidación del IVA: lo que has cobrado a tus clientes en concepto de IVA menos el IVA de tus gastos deducibles. Si tu actividad está exenta de IVA (por ejemplo, determinados servicios sanitarios), normalmente no tienes que presentarlo. Se explica paso a paso en modelo 303 paso a paso.

Por qué es fácil confundirse

Los dos son trimestrales, comparten plazos (del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero) y usan los mismos datos de partida: tus facturas y tus gastos. Si los registras bien una vez, ambos salen de la misma fuente.

Ambos en un solo archivo

El Kit Fiscal para Autónomos de Servicios incluye el resumen del modelo 303 y el del modelo 130 a partir de tus ingresos y gastos. Para profesiones sanitarias exentas de IVA, los kits por profesión incluyen el modelo 130: ver todos.

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Confirma tu caso con tu gestor.